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SRI INFORMA SOBRE PLAZOS
PARA
DECLARACIÓN Y PAGO DE
IMPUESTO
A LA RENTA DE PERSONAS
NATURALES
Las personas naturales que durante
el ejercicio fiscal 2014 obtuvieron ingresos superiores a 10.410 dólares se
encuentran obligadas a declarar el Impuesto a la Renta (IR) y deberán hacerlo
hasta la fecha de calendarización establecida de acuerdo al noveno dígito del
RUC o cédula de identidad.
Noveno dígito
|
Plazo de la declaración
|
1
|
10 de marzo
|
2
|
12 de marzo
|
3
|
14 de marzo
|
4
|
16 de marzo
|
5
|
18 de marzo
|
6
|
20 de marzo
|
7
|
22 de marzo
|
8
|
24 de marzo
|
9
|
26 de marzo
|
0
|
28 de marzo
|
Cuando una fecha de vencimiento
coincida con días de descanso obligatorio o feriados, la declaración se podrá
realizar el siguiente día hábil. No obstante, los canales electrónicos están
habilitados todos los días del año.
Para elaborar la declaración, el
contribuyente debe descargar la aplicación DIMM Multiplataforma que está
disponible en el portal web, llenando los datos correspondientes (formularios
102 A para las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad y 102 para
las personas naturales obligadas a llevar contabilidad) y enviando la
información a través de la página web www.sri.gob.ec en la opción Servicios en Línea.
Las personas que trabajan en
relación de dependencia con un solo empleador no están obligadas a presentar
declaración de Impuesto a la Renta, pues éste se sustenta en el formulario 107[i].
Las personas naturales podrán
deducirse sus gastos personales sin IVA ni ICE, así como los de su cónyuge o
conviviente e hijos menores de edad o con discapacidad que dependan del
contribuyente. Estos gastos no pueden ser superiores al 50% del total de los
ingresos gravados ni exceder en 1,3 veces la fracción básica gravada del IR
(13.533 dólares).
Tipo de Gasto
|
Límite en USD
|
Vivienda
|
Hasta 3.383,25
|
Educación
|
Hasta 3.383,25
|
Alimentación
|
Hasta 3.383,25
|
Vestimenta
|
Hasta 3.383,25
|
Salud
|
Hasta 13.533,00
|
Para establecer el monto que
debe pagar por el impuesto, se debe utilizar la siguiente tabla:
TABLA IMPUESTO A LA RENTA
|
||||
PERSONAS NATURALES 2014
|
||||
Fracción Básica
|
Exceso Hasta
|
Imp. Fracción Básica
|
Imp. Fracción Excedente
|
|
-
|
10.410
|
-
|
0%
|
|
10.410
|
13.270
|
-
|
5%
|
|
13.270
|
16.590
|
143
|
10%
|
|
16.590
|
19.920
|
475
|
12%
|
|
19.920
|
39.830
|
875
|
15%
|
|
39.830
|
59.730
|
3.861
|
20%
|
|
59.730
|
79.660
|
7.841
|
25%
|
|
79.660
|
106.200
|
12.824
|
30%
|
|
106.200
|
En adelante
|
20.786
|
35%
|
Para cancelar el Impuesto a la
Renta, el Servicio de Rentas Internas ha puesto a disposición del contribuyente
las opciones de registro de convenios de débito y el pago en las instituciones
financieras habilitadas a nivel nacional.
NOTIORO MACHALA.- Director: Ricardo Querubín Zambrano –
Dirección; Cdla. Las Brisas Mz. B4 Villa 1 – Teléfonos: (07)2981750 - 0991054125
– EMAIL. rqzambrano@hotmail.com
Machala El Oro Ecuador
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